Sunday, May 31, 2026
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¿Cuántos dominicanos han jonroneado en lo que va de temporada en Grandes Ligas?

La ofensiva de los dominicanos comienza a despertar en la actual temporada de las Grandes Ligas.

Los bates han tronando más fuerte en los últimos partidos en distintos escenarios.

Hasta la fecha, en lo que va de esta temporada, un total de 40 peloteros han conectado al menos un cuadrangular.

A continuación, se detalla la lista de los 40 peloteros con sus respectivos equipos, la cantidad de jonrones conectados en la actual campaña y, entre paréntesis, su total de por vida:

– Junior Caminero TBR 13 (65)

– Elly De La Cruz CIN 11 (71)

– Oneil Cruz PIT 10 (70)

– Ángel Martínez CLE 9 (23)

– José Ramírez CLE 8 (293)

– Julio Rodríguez SEA 8 (120)

– Manny Machado SDP 6 (375)

– Juan Soto NYM 6 (250)

– Samuel Basallo BAL 6 (10)

– Marcell Ozuna PIT 5 (301)

– Rafael Devers SFG 5 (240)

– Teóscar Hernández LAD 5 (222)

– Gary Sánchez MIL 5 (194)

– Ketel Marte ARI 5 (176)

– Ramón Laureano SDP 5 (111)

– Jesús Sánchez TOR 5 (78)

– Amed Rosario NYY 4 (73)

– Otto López MIA 4 (25)

– Vladimir Guerrero Jr. TOR 3 (186)

– Willy Adames SFG 4 (184)

– Luis García Jr. WSH 3 (61)

– Miguel Andújar SDP 4 (57)

– Austin Wells NYY 3 (41)

– Ezequiel Durán TEX 3 (25)

– Yainer Díaz HOU 2 (61)

– Leody Taveras BAL 2 (43)

– Geraldo Perdomo ARI 2 (36)

– Jorge Mateo ATL 2 (32)

– Wenceel Pérez DET 2 (24)

– Agustín Ramírez MIA 2 (23)

– Esteury Ruiz MIA (2-10)

– José Tena WSH 2 (5)

– Jorge Polanco NYM 1 (155)

– Santiago Espinal LAD 1 (21)

– Jasson Domínguez NYY 1 (17)

– Heriberto Hernández MIA 1 (11)

– Ronny Mauricio NYM 1 (9)

– José Fermín STL 1 (2)

– Félix Reyes PHI 1 (1)

– Rodolfo Durán SDP 1 (1)

Por: Sudelca Garcia

Junior Caminero jonronea más que en el 2025

Si Junior Caminero irrumpió con fuerza en su primera temporada completa en la MLB, triturando marcas de precocidad jonronera para un pelotero de 22 años, lo que hace esta campaña es como si fuera necesario aclarar que no hubo nada de casualidad; su bate es uno especial que llegó para quedarse por mucho tiempo en el Big Show.

Y es que el ritmo de cuadrangulares de ¨La Máxima¨ es más rápido que el que tuvo en 2025 cuando sacudió 45.

El pasado lunes 18, en su partido número 46, Caminero logró su decimotercer jonrón del curso. El año pasado, fue en su juego 54, el 31 de mayo, cuando alcanzó los 13 palos de vuelta completas.

La frecuencia de jonrones del antesalista de los Rays (13.54), es la séptima mejor de la Liga Americana y ligeramente superior a la de 13.38 que tuvo en 2025, con la que quedó solo detrás de Cal Raleigh (9.93) y Aaron Judge (10.21) en toda la MLB.

En cuanto a la velocidad del bate (79.9 mph), Caminero comparte la cima de las Grandes Ligas con Jordan Walker (Cardenales)  en el percentil 100 de Statcast. Es decir, son los que más rápido reaccionan al momento de hacer un swing.

El capitaleño que cumple 23 años el 5 de julio ha vuelto a mostrar una gran velocidad en sus muñecas, lo que combina ahora con un plano de swing optimizado (ángulo de salida) que se ha elevado entre 15 y 35 grados, lo que le permite alinear mejor el bate para volar la cerca.

Junto a los grandes

El ritmo del infielder escogidista es comparable con grandes jonroneros como Alex Rodríguez y Albert Pujols, entre los más rápidos en llegar a 13 HR con 22 años.

Rodríguez con esa misma edad los consiguió en el juego 37 de 1998, el 12 de mayo. A-Rod terminó con 42 trancazos ese curso.

Caminero sí superó a Pujols, ya que con 22 años, llegó a 13 batazos de cuatro bases en el juego 60 de la temporada 2002, el 8 de junio. Ese año terminó con 34 bambinazos. 

A esa edad, en la única campaña que ha dado más de 40 (2021, 48), Vladimir Guerrero Jr. redondeó los 13 estacazos en el juego 43, el 21 de mayo. Juan Soto llegó a 13 con 22 años en el juego 90 de 2021.

Este Caminero suma más boletos que en 2025, alcanza las 25

Las proyecciones a su favor

 Los modelos estadísticos de la plataforma FanGraphs le proyectan entre 29 y 30 jonrones a Caminero, si mantiene su ritmo actual. Incluso en la ponderación definitiva, le asignan 39 cuadrangulares. ESPN va más allá y lo visualiza con 46 al final del curso.

Mientras tanto, Caminero tiene un porcentaje de contactos elevados (FB%) de 37.2 %, parecido al del año pasado (38 %) y eso junto a un porcentaje de contactos fuertes (Hard Hit) en el 44.8 % de sus batazos, garantiza que la marcha hacia al menos las tres decenas de jonrones, o hasta volver a repetir otra campaña de 40, no se detiene.

Por: Daniel Santana

Tribunal se reserva fallo en caso de abuso sexual contra Wander Franco y madre de una menor

El Tribunal Colegiado de Puerto Plata se reservó el fallo del juicio seguido contra el pelotero Wander Franco, acusado de presunto abuso sexual contra una menor, en un proceso judicial en el que también figura como imputada la madre de la supuesta víctima.

La decisión será emitida el próximo lunes 25 de mayo, a las 2:30 de la tarde, luego de que concluyeran las exposiciones finales del Ministerio Público y de las defensas de los imputados.

El fiscal Claudio Cordero, hablando en representación del Ministerio Público, manifestó que espera una condena “ejemplar”, al sostener que durante el juicio fueron presentadas pruebas suficientes para demostrar la acusación.

Afirmó que mantuvieron “coherencia institucional” respecto al proceso y recordaron que, al igual que en el juicio anterior, solicitaron cinco años de prisión para el jugador y 10 años para la madre de la menor.

“Estamos seguros de que hemos probado la acusación“, expresó Cordero.

Argumentos de la defensa y del Ministerio Público

La defensa de Wander Franco solicitó el descargo total del jugador y el levantamiento de todas las medidas de coerción impuestas en su contra.

La abogada Irina Ventura sostuvo ante el tribunal que el Ministerio Público no logró demostrar la culpabilidad de su cliente ni presentó pruebas directas o indirectas que lo vinculen con los hechos.

La jurista afirmó que el expediente presenta contradicciones y acusó al órgano persecutor de ocultar pruebas y realizar afirmaciones sin sustento para mantener la acusación.

Además, denunció violaciones al debido proceso, asegurando que la menor fue interrogada sin la presencia de familiares ni abogados durante la fase investigativa.

La jurista también cuestionó los alegados movimientos de dinero atribuidos al pelotero y a sus familiares, indicando que en los informes bancarios no aparecen evidencias sobre transferencias o retiros relacionados con los montos mencionados por el Ministerio Público.

“La única verdad que se ha podido establecer aquí es que se trata de una familia de peloteros“, expresó la defensa durante sus conclusiones.

En tanto, la defensa de la madre de la adolescente, encabezada por José Tomás Díaz, pidió al tribunal dictar sentencia absolutoria, alegando que el Ministerio Público solo presentó pruebas “referenciales” y que ninguna vincula directamente a su clienta con los hechos imputados.

El Ministerio Público pidió que, en caso de condena, la pena de cinco años sea cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Puerto Plata. Además, el órgano acusador pide el pago de una multa equivalente a 10 salarios mínimos.

En relación con la coimputada Martha Vanessa Chevaliermadre de la menor, el Ministerio Público solicitó una condena de 10 años de prisión a ser cumplidos en el CCR Rafey Mujeres, en Santiago, además del pago de una multa de 25 salarios mínimos y el decomiso de los bienes adquiridos presuntamente de manera ilícita. La imputada es acusada  por presunta explotación económica y supuesto lavado de activos.

El proceso es conocido por el Tribunal Colegiado integrado por los jueces José Ramón Núñez, quien preside, junto a Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz.

Por: Edward Fernandez

Penas de hasta 10 años por difusión de imágenes, videos y audios sin consentimiento

Con el objetivo de proteger el derecho a la intimidad y al honor, el nuevo Código Penal dominicano, que entra en vigencia el 6 de agosto próximo, regular y condena por delitos digitales.

En tal sentido, la nueva normativa legal busca poner freno a la difusión no autorizada de contenido audiovisual y al acoso, medida necesaria en un mundo de grandes desafíos en las redes sociales, en la era digital.

De acuerdo con el artículo 192 de la pieza, promulgada el 3 de agosto bajo la Ley 74-25, la publicación o difusión por cualquier medio de audios, imágenes o videos de otra persona sin consentimiento será sancionada con penas de seis meses a un año de prisión menor y multas de uno a dos salarios mínimos del sector público.

Las sanciones serían más drásticas si en la difusión se determinan montajes de imágenes, videos o audios falsos que dañen el honor, el buen nombre o la reputación de un ciudadano. Dichas acciones se castigarían con dos a cinco años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos.

Pero, también, cualquier tentativa de delito (quien lo intente) podría ser sancionada con las mismas penas del hecho ya consumado.

El párrafo segundo del artículo antes mencionado establece que la sanción ascenderá a entre cinco y diez años de prisión mayor, más multas de 10 a 20 salarios mínimos, si la infracción incluye cualquiera de las siguientes circunstancias agravantes:

Carácter íntimo: Si el contenido difundido es de naturaleza sexual o compromete gravemente la dignidad de la persona.

Intencionalidad delictiva: Si se realiza con fines de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público.

Vulnerabilidad de la víctima: Si la persona afectada es menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o alguien con discapacidad.

Abuso de poder: Si el responsable del hecho tiene una posición de autoridad o relación de poder respecto a la víctima.

Difusión masiva: Si la publicación se realiza a través de redes sociales, páginas web o plataformas digitales de acceso masivo.

Mientras tanto, las personas jurídicas también podrán ser declaradas penalmente responsables por estas infracciones, recibiendo, incluso, las sanciones dispuestas en el artículo 39 de la pieza legislativa.

Telecomunicaciones

Además, el nuevo Código Penal, que sustituye al actual (el cual data de 1884), sanciona el acoso en las telecomunicaciones. Por ejemplo, el artículo 193 dice que quien perturbe o altere la paz de otra persona mediante llamadas telefónicas, ya sea con amenazas, comentarios obscenos, injurias, difamaciones o mentiras, enfrentaría consecuencias legales.

La Ley 74-25 estipula que el delito se tipifica sin importar si el infractor ocultó su identidad o si la llamada fue contestada por un tercero y no por el destinatario original.

“La perturbación telefónica será sancionada con quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público”, señala el documento.

Por: Ronny Mateo

El brote de hantavirus deja más de 440 contactos en al menos 30 países

Las labores de búsqueda de nuevos contactos del brote de hantavirus detectado en el buque MV Hondius prosiguen y han dejado por el momento más de 440 identificados, en al menos 30 países, donde están guardando cuarentena o bajo vigilancia sanitaria, según el último informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (Ccaes) de España.

Tanto este centro como la Organización Mundial de la Salud (OMS) cuentan en once los casos confirmados hasta ayer (nueve por laboratorio y dos probables), de los cuales tres han fallecido (dos confirmados y uno probable).

Aunque no hay nuevas muertes desde el 2 de mayo, de entre los contagiados, hay dos personas hospitalizadas en estado grave, una en Francia y otra en Sudáfrica.

Las fechas en las que los contagiados iniciaron sus síntomas oscila entre el 6 de abril y el 14 de mayo, día en el que uno de los pasajeros de Canadá y su pareja, que fueron evacuados del crucero en Tenerife (España), empezaron a sentir síntomas leves, resultando una de las pruebas positiva y otra negativa.

A nivel global, prosigue el informe, la búsqueda y el seguimiento de contactos vinculados al crucero continúa; hasta el pasado 14 de mayo, se han cuantificado más de 440, que están en cuarentena o bajo vigilancia sanitaria en al menos 30 países y territorios.

La hipótesis actual más probable que barajan las autoridades sanitarias es que algunos pasajeros tuvieron exposición al hantavirus, probablemente ambiental antes de embarcar, mientras estaban en zonas de Argentina donde es endémico, y posteriormente, lo transmitieran a otros pasajeros.

Una hipótesis que «se refuerza con los análisis genéticos realizados que demuestran una gran similitud entre las muestras de los casos confirmados estudiados».

La OMS precisó hoy que todas las personas que bajaron de la embarcación en Tenerife terminarán su periodo de monitoreo y cuarentena el 21 de junio, mientras que la tripulación (25 personas) que llegó este lunes a Roterdam lo concluirá el 29 de ese mes.

Fuente: EFE

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