La Junta Central Electoral (JCE) explicó las razones legales por las cuales la nueva cédula de identidad y electoral no incluirá la palabra “viudo” dentro del apartado correspondiente al estado civil.
La institución fundamentó su posición en las disposiciones de la Ley núm. 4-23, Orgánica de los Actos del Estado Civil, la cual establece que el matrimonio es una institución que se origina mediante el contrato celebrado entre un hombre y una mujer con libre consentimiento y capacidad legal para realizar dicho acto.
De conformidad con el artículo 146 de la referida normativa, el matrimonio civil es aquel celebrado ante un oficial del Estado Civil investido de facultad legal para inscribirlo en los registros correspondientes.
Disolución del matrimonio
La JCE recordó que el vínculo matrimonial puede disolverse únicamente por divorcio o por el fallecimiento de uno de los cónyuges, situaciones que producen la disolución del matrimonio.
Estado civil
Asimismo, explicó que los actos del estado civil son todos aquellos hechos con efectos jurídicos que influyen directamente en la condición jurídica de una persona y que deben ser registrados o transcritos ante las oficialías correspondientes.
Entre esos actos figuran los nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones.
En ese sentido, la entidad sostuvo que solo existen dos estados civiles reconocidos jurídicamente: “casado”, que se adquiere al momento del matrimonio, y “soltero”, condición que se obtiene tras un divorcio o la defunción de uno de los cónyuges.
La institución precisó además que la propia ley define el estado civil como la condición jurídica de una persona dentro de la familia y la sociedad, caracterizada por ser inalienable, indivisible e imprescriptible.
De igual forma, citó el artículo 24 del reglamento de aplicación de la Ley 4-23, el cual dispone que cada ciudadano tendrá un registro individual electrónico donde estarán asociados todos los actos del estado civil vinculados con su identidad.
La JCE concluyó que términos como “viudo”/”viuda” o “divorciado”/”divorciada” constituyen denominaciones sociales derivadas de determinados hechos jurídicos, pero no representan estados civiles reconocidos legalmente, razón por la cual no aparecerán en la nueva cédula.
Jáquez Liranzo sostuvo que ese término no existe dentro de la clasificación del estado civil contemplada para el documento de identidad, indicando que las categorías válidas son únicamente “soltero” o “casado”.
Viuda de Martín Polanco denuncia que la JCE no le permitió colocar “viuda” en su nueva cédula
Ana Matilda Duarte, viuda del fallecido diseñador Martín Polanco, quien perdió la vida en el derrumbe de la discoteca Jet Set, expresó su inconformidad luego de que, según afirmó, no le permitieran colocar el estado civil de “viuda” al momento de renovar su cédula.
Duarte relató que acudió a realizar el cambio de su documento de identidad y allí recibió la explicación de que la Junta Central Electoral no contempla esa condición dentro de la nueva cédula.
Por: Mery Escolásticos




