Wednesday, May 27, 2026
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Jurista: perdón a Wander Franco es impunidad con sello judicial y mal mensaje

“El perdón judicial al pelotero Wander Franco no es justicia, es impunidad con sello judicial que manda un mensaje pésimo y muy claro: si tienes dinero y fama, no hay consecuencias”.

Así opinó ayer el abogado penalista Félix Portes, sobre la sentencia dictada por un tribunal de Puerto Plata presidido por el magistrado José Ramón Núñez, y que de inmediato el Ministerio Público anunció que la apelará.

El jurista señaló que si bien el tribunal trató al acusado como una “víctima colateral” porque la madre de la menor abusada lo extorsionó, “el abuso ya estaba consumado”.

“La extorsión surge y nace del crimen, sin el crimen, no hay espacio para el chantaje, por lo que, lo que debe juzgarse es el hecho (abuso a la menor), no lo que vino después”, afirmó Portes.

Considera que la única justificación razonable para un perdón otorgado a Franco sería, “ que la menor lo hubiera engañado sobre su edad, con una cédula falsa, por ejemplo, y él lo descubriera después, porque ahí habría engaño previo”, subrayó el abogado penalista.

Una opinión similar tiene el también penalista Carlos Balcácer, quien consideró que el tribunal “no fue proporcional” al condenar a la madre de la víctima y perdonar a Franco, afirmando que “el que hizo el daño material, que cometió la infracción como tal, fue él, no la mamá”

Fallo y motivación tribunal

Primero: Declara a Wander Samuel Franco Aybar “penalmente responsable” de las violación de las disposiciones contenidas en el artículo 396 literales B y C de la Ley 136-03 que tipifican y sancionan el abuso sexual y psicológico de la menor de edad N.L.R.C., en virtud del artículo 344 del Código procesal Penal. Segundo: Aplica el Perdón Judicial al ciudadano Wander Samuel Franco Aybar, en virtud del artículo 346, numeral 3 del Código Procesal Penal.

Mientras que a la madre la condenó a 10 años de reclusión.

La motivación principal del tribunal para eximir a Franco de cumplir pena fue que este fue víctima de un comportamiento “rapaz” por parte de la madre de la menor, quien utilizó la relación para lucrarse.

También, que el caso involucraba “circunstancias de manipulación financiera” que lo eximían de la pena carcelaria.

Por: Loyda Peña

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